Unidad de Atención al Cliente y Contraloría de Servicios
Es un órgano asesor, canalizador y mediador entre las personas usuarias y la Dirección Nacional de CEN CINAI.
La participación de las personas usuarias es fundamental en el proceso de reconocimiento y protección de sus derechos, teniendo como mediador el respeto, que es el valor institucional esencial mediante el cual se promueve el mejoramiento institucional.
Fundamento Legal
Ley N° 9158 “Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios.
Decreto Nº 39096-PLAN Reglamento a la ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios Decreto N° 8220 Protección al Ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos.
Decreto N° 40200-MP-MEIC-MC Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Funciones
Las funciones de la Contraloría de Servicios están establecidas por la Ley y Reglamento. Algunas de ellas son:
Artículo 14 de la Ley n° 9158
- Impulsar y verificar el cumplimiento de la efectividad de los mecanismos y procedimientos de comunicación a las personas usuarias, de manera tal que les permita contar con información actualizada en relación con los servicios que ofrece la organización respectiva, sus procedimientos y los modos de acceso.
- Velar por el cumplimiento de las directrices y los lineamientos de política pública emitidos acorde con la presente ley, en materia de mejoramiento continuo e innovación de los servicios. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que se desarrollen y respondan a las necesidades específicas de la organización a la cual pertenece.
- Elaborar y proponer al jerarca los procedimientos y requisitos de recepción, tramitación, resolución y seguimiento de las gestiones, entendidas como toda inconformidad, reclamo, consulta, denuncia, sugerencia o felicitación respecto de la forma o el contenido con el que se brinda un servicio.
- Vigilar el cumplimiento del derecho que asiste a las personas usuarias de recibir respuesta pronta a gestiones referidas a servicios, presentadas ante las organizaciones que los brindan, todo dentro de los plazos establecidos en la ley o en los reglamentos internos aplicables.
- Evaluar, en las organizaciones que brindan servicios, la prestación de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridos por las personas con discapacidad, en cumplimiento de la legislación vigente en la materia.
- Emitir y dar seguimiento a las recomendaciones dirigidas a la administración activa respecto de los servicios que brinda la organización. Si la jefatura respectiva discrepa de dichas recomendaciones, dicha jefatura o la persona contralora de servicios deberá elevar el asunto a conocimiento del superior jerárquico de la organización, para la toma de decisiones.
- Informar al jerarca de la organización cuando las recomendaciones realizadas por la contraloría de servicios hayan sido ignoradas y, por ende, las situaciones que provocan inconformidades en las personas usuarias permanezcan sin solución.
- Elaborar y aplicar, al menos una vez al año, instrumentos que permitan medir la percepción para obtener la opinión de las personas usuarias sobre la calidad de prestación de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras requeridas; para ello contará con los recursos y el apoyo técnico de las unidades administrativas.
- Realizar las investigaciones internas preliminares, de oficio o a petición de parte, sobre las fallas en la prestación de los servicios, con el fin de garantizar la eficiencia de las gestiones de la organización.
Oficial de Acceso a la Información
De conformidad con los Decretos Ejecutivos sobre Apertura de Datos Públicos (40199-MP de 27 de abril de 2017) y sobre Transparencia y Acceso a la Información Pública (40200-MP-MEIC-MC de 27 de abril de 2017), se nombró a la señora Lucrecia Barboza Chacón, Contralora de Servicios, como Oficial de Acceso a la Información desde el mes de junio 2020. La persona Oficial de Acceso a la Información tiene la competencia para: Atender las quejas o denuncias relacionadas con la falta de atención de las solicitudes de información pública presentadas ante instancias internas de la Dirección Nacional de CEN-CINAI. Las recibirá de forma oral, física o electrónica referentes a conductas administrativas que obstaculizan o afecten el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
Acceso a los servicios de la Contraloría de Servicios
La Contraloría de Servicios dispone de los siguientes medios para la comunicación con las personas usuarias:
Formulario en WEB
Pueden registrar su inconformidad, reclamo, consulta, queja denuncia, sugerencia, agradecimiento o felicitación respecto a la prestación de los servicios de la Dirección Nacional CEN CINAI.
Buzón de Información
Se encuentran Instalados en la oficina de la Unidad de Atención al Cliente y Contraloría de Servicios en nivel central.
Acceso temporalmente suspendido
Contacto Personal
Puede comunicarse con una colaboradora sea vía telefónica.
Segundo piso del edificio de la Dirección Nacional de la esquina suroeste del parque La Merced 100 metros al sur, Avenida 4 y 6, Calle 14, jornada continua Lunes a Viernes de 8:00a.m. a 4:00p.m.
Línea Telefónica
Correo Institucional
Personas usuarias puede enviar a la Contraloria de Servicios los documentos (escritos, consultas, denuncias, otras) desde alguna de las Oficinas al correo: